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DERECHO DE DEFENSA. RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS. LA NULA PARTICIPACIÓN DEL AFECTADO CON LA SANCIÓN EN LA ETAPA DE INVESTIGACIÓN NO VIOLENTA SU ADECUADA DEFENSA.

En materia de responsabilidad administrativa de los servidores públicos no existe violación alguna a las formalidades del procedimiento por la nula participación del incoado en la etapa de investigación, pues al dar inicio al procedimiento la autoridad substanciadora, a fin de no dejar en estado de indefensión al servidor público, lo cita a una audiencia donde se le hace saber la responsabilidad que se le imputa, el lugar, día y hora en que tendrá verificativo dicha audiencia, y su derecho a ofrecer pruebas y alegar en ésta lo que a su derecho convenga; datos necesarios para que el incoado tenga un oportuna y adecuada defensa.

(Expediente: R.R.S.E.A.03/3ª Sala/18. Sentencia del 27 veintisiete de septiembre de 2018 dos mil dieciocho. Recurrente: **.)

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