La autoridad competente para determinar en cantidad líquida el importe de los derechos por servicio de agua potable, alcantarillado y saneamiento, descarga de aguas residuales, análisis y demás que adeuden los usuarios, lo es el tesorero de la Junta de Agua Potable, Drenaje, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Irapuato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16, fracción IV, del Reglamento de la Junta de Agua Potable, Drenaje, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Irapuato (publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato, número 33, segunda parte, del 26 de febrero de 2008). De aquí que el gerente de Comercialización de la Junta de Agua Potable, Drenaje, Alcantarillado y Saneamiento de Irapuato carezca de competencia para realizarlas.
(Expediente 88/1ª Sala/14. Actor: **********. Sentencia de 11 once de julio de 2014 dos mil catorce).