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FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN, DE UNA RESOLUCIÓN DETERMINANTE TRATÁNDOSE DE UN CRÉDITO FISCAL ACTUALIZADO

Con el propósito de realizar la determinación de un crédito fiscal, la autoridad fiscal deberá hacerlo por escrito, dando a conocer al contribuyente que se ubicó en la situación jurídica originadora de dicho crédito, haciendo de su conocimiento –de manera detallada y precisa– todos y cada uno de los aspectos que integran el crédito que se le pretende cobrar a fin de que conozca a ciencia cierta el numerario que en cantidad líquida debe pagar. Por ello, es necesario que cite la fecha de publicación en los Diarios Oficiales de la Federación de los índices nacionales de precios al consumidor que resultaron aplicables para llevar a cabo las operaciones que determinarán el crédito fiscal actualizado; con lo cual se le otorga la posibilidad, real y auténtica, de controvertir y cuestionar la decisión impuesta; ello de conformidad con lo previsto por el artículo 137, fracción VI, del Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado y los Municipios de Guanajuato.

(Expediente: 1542/1a. Sala/21. Sentencia de fecha 25 veinticinco de 2021 dos mil veintiuno. Actor: *****).

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