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IMPUESTO PREDIAL. TRABAJADORES DE PETRÓLEOS MEXICANOS TIENEN DERECHO A TRIBUTAR EN EL ESQUEMA DE CUOTA MÍNIMA.

Cuando participa en el otorgamiento de un crédito a sus trabajadores mediante la intermediación de una institución bancaria, Petróleos Mexicanos es un organismo similar a los señalados en el inciso E) del artículo 164 de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Guanajuato, puesto que esa intervención tiene por finalidad cumplir con la obligación que le deriva de la fracción XII del artículo 123, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el derecho a la vivienda, consagrado en el numeral 4º de la Ley Suprema. En consecuencia, los trabajadores de Petróleos Mexicanos que mediante financiamientos otorgados por dicho organismo adquieran una vivienda, tienen derecho a tributar el impuesto predial respectivo en el esquema de cuota mínima.

(Proceso administrativo 309/3ª Sala/11. Actor: ********************. Sentencia de 17 de octubre de 2012)

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