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LA TARJETA DE CIRCULACIÓN DE UN VEHÍCULO ES UN DOCUMENTO IDÓNEO PARA DEMOSTRAR EL INTERÉS JURÍDICO EN EL PROCESO ADMINISTRATIVO

De acuerdo con los artículos 62, primer párrafo, y 66 de la Ley de Movilidad para el Estado de Guanajuato; 91 del Reglamento de la Ley de Movilidad para el Estado de Guanajuato, la tarjeta de circulación es un documento que acredita que un vehículo se encuentra inscrito en el padrón vehicular del estado de Guanajuato a nombre de la persona que para efectos de ese registro tiene la calidad de propietaria o legítima poseedora; en consecuencia, la persona a nombre de quien se encuentre inscrito un vehículo en el padrón vehicular del estado de Guanajuato, y lo demuestre con la tarjeta de circulación respectiva, tiene interés jurídico para cuestionar la legalidad de un acto en que alguna autoridad administrativa estatal o municipal determine que a bordo de dicho vehículo se cometió una infracción a la normativa estatal o municipal en materia de tránsito.

 

(Expediente Sumario 257/3a. Sala/22. Sentencia de 17 diecisiete de mayo de 2023 dos mil veintitrés).

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